Comunidades Energéticas 

Rodrigo Villamizar

El autor fue Ministro de Minas y Energía de Colombia, Embajador, es Chairman de Borametz Group (USA), Presidente de la Junta Directiva de Deinland y Kaiserwetter Energy Asset Management (Hamburgo), Codirector de The Legacy Group of Washington DC, profesor Visitante de la U de San Diego y de IEB-Complutense de Madrid.

Las comunidades energéticas han sido planteadas en diversas ocasiones como una solución a las deficiencias en el suministro de este servicio a los colombianos más vulnerables aquellos que se ven expuestos a altos costos y continuos apagones. Estas comunidades presentan un beneficio particular para las poblaciones que sufren a diario esta problemática, pues una de sus metas principales es descentralizar la generación, almacenamiento y consumo de energía, de tal forma que no sea necesario depender de las grandes generadoras ni de la red integrada para garantizar un mínimo de suministro energético. También ofrecen un beneficio ambiental importante, ya que buscan descarbonizar la economía generada a punta de fuentes renovables.

Pero ¿Qué son las comunidades energéticas? ¿Cuál es su origen, y cómo ayudan a las comunidades vulnerables y a la economía colombiana?

De acuerdo con el artículo 365 de la Constitución Política de Colombia en el que se señala que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y que“(…) podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares (…)”. Según lo anterior, la constitución autoriza la prestación de servicios públicos a “comunidades organizadas”, entre otros, permitiendo la organización de dichas comunidades para abastecerse de servicios públicos esenciales, como lo es la energía eléctrica.

En este contexto, las comunidades energéticas son entidades formadas por consumidores y/o productores de energía que colaboran para generar, consumir y, en algunos casos, almacenar energía de manera colectiva. Estas comunidades buscan optimizar el uso de la energía, fomentar la generación distribuida y promover la participación de los consumidores en el mercado energético.

Estos son algunos aspectos clave sobre la legislación de las comunidades energéticas:

1. Solo hasta diciembre de 2023, el Gobierno colombiano reglamentó la operación de las Comunidades Energéticas (CE) establecidas en el artículo 235 de la Ley 2294 mediante la cual se promulgó el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, con las que se pretende desarrollar la transición energética.

2. De acuerdo con la normativa, el ministerio de Minas y Energía ofrecerá asesoría y acompañamiento técnico a las Comunidades Energéticas para el diseño, estructuración, financiación y operación de la autogeneración colectiva y la generación distribuida colectiva y demás aspectos para su operación.

3. Bajo el modelo de una comunidad energética, los participantes pueden compartir la energía generada localmente a través de fuentes renovables, como paneles solares, turbinas eólicas o sistemas de cogeneración. Además, pueden coordinar la gestión de la demanda y el almacenamiento de energía para optimizar su uso colectivo. En algunos casos, las comunidades energéticas pueden operar como unidades autónomas, desconectadas de la red eléctrica convencional, mientras que en otros casos pueden interactuar con la red principal.

4. Las comunidades energéticas suelen ser controladas y gestionadas por los propios participantes, a menudo a través de plataformas digitales y sistemas de gestión energética. En algunos casos, la regulación gubernamental y los operadores de red pueden tener un papel en la supervisión y coordinación de las comunidades energéticas para garantizar la seguridad y estabilidad del sistema eléctrico.

Las CE representan una evolución en la forma en que se produce, consume y comparte la energía eléctrica, ofreciendo oportunidades para la descentralización y la transición hacia un mejor sistema energético, generando un uso más eficiente y responsable de la energía desde su almacenamiento hasta la autogeneración para estas comunidades vulnerables.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) ve un gran potencial en el uso de sistemas de almacenamiento y otros recursos energéticos distribuidos en las comunidades energéticas. La CREG identifica un gran potencial en la implementación de sistemas de almacenamiento y otros recursos energéticos distribuidos en la implementación de las comunidades energéticas como un instrumento para garantizar el suministro constante de energía con fuentes renovables como la solar y la eólica.

Hasta la fecha, el tema de baterías y almacenamiento de energía en comunidades energéticas aún está en etapa de desarrollo por parte del equipo de trabajo de la Comisión. Sin embargo, desde hace varios años se ha abierto la posibilidad de instalar baterías para asegurar el suministro de energía en caso de fallas en las redes de transporte.

La resolución 098 de la CREG, estableció la incorporación del Sistema de Almacenamiento de Energía Eléctrica con Baterías (SAEB) en el Sistema Interconectado Nacional (SIN). El SAEB, según la resolución 098, implementa la instalación de grupos de baterías y equipos asociados para el almacenamiento temporal y posterior entrega de energía eléctrica al Sistema Interconectado Nacional (redes de transmisión eléctrica).

Además, la resolución CREG estableció que el agente responsable del SAEB debería asegurar su mantenimiento y disponibilidad, realizando operaciones de carga y descarga de forma automática o remota desde el Centro Nacional de Despacho (CND).

Los retos para las comunidades energéticas

El establecimiento de comunidades energéticas funcionales es una meta que se enfrenta a una serie de obstáculos prácticos en su implementación. Existen desafíos regulatorios y legales relacionados con la operación y compensación por la energía generada y compartida en el contexto de las redes eléctricas existentes. Sin embargo, el obstáculo más complejo es la carencia de una infraestructura adecuada para gestionar, de manera eficiente, la generación y el intercambio de energía a nivel local.

Las comunidades que más se beneficiarían con la implementación de las CE son las que menos acceso tienen a los recursos y tecnología necesarios. Adicionalmente, operar dicha tecnología requiere de cierto grado de conocimiento para ser instalada, operada y mantenida, y la educación y capacitación en de estas habilidades técnicas puede ser costosa y de difícil acceso para individuos o comunidades en regiones apartadas.

Finalmente, el establecimiento de comunidades energéticas puede presentar potenciales conflictos de intereses con empresas generadoras de energías tradicionales. Una mayor variedad de fuentes de energía presenta el potencial de incrementar la oferta y por lo tanto, reducir el precio de la energía que pagan los colombianos, y puede reducir la dependencia de la red eléctrica en los poderosos actores que tienen los recursos y tecnología para generar electricidad a gran escala.

Este es un sector que ejerce un gran poder político y puede poner obstáculos al apoyo del sector público a nivel nacional como local, que es necesario para el desarrollo de las comunidades energéticas.

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